Admisión

Secretaría CIPFP Vicente Blasco Ibáñez

ADMISIÓN 2026-2027

1.- INFORMACIÓN GENERAL Y NORMATIVA

Antes de participar en el proceso de admisión, consulta toda la información y la normativa aquí:

Resolución del calendario de admisión y matrícula: https://dogv.gva.es/datos/2026/04/27/pdf/2026_12081_es.pdf

Web oficial de admisión de FP GVA: https://ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/admissio

Web AdmiNOVA: https://adminova.gva.es/adminova/

La solicitud de admisión se realiza de manera telemática a través de la página Adminova.

Antes de cumplimentar tu solicitud debes LEER ATENTAMENTE las siguientes instrucciones:

  1. Es imprescindible poner el NIA, en caso de disponer de él, para que el centro pueda acceder a tus estudios y grabar tu requisito de acceso. Ten en cuenta que sí deberán aportar el requisito de acceso en el centro elegido en primera opción quienes estén en los siguientes casos:
    1. Han olvidado indicar el NIA al cumplimentar su solicitud
    2. Obtuvieron el título fuera de la Comunitat Valenciana o en un centro de Formación de Personas Adultas (FPA)
    3. Acceden por el cupo de prueba de acceso (excepto los que se hayan presentado a las pruebas en nuestro centro en el curso actual)
    4. Tienen exención total de la realización de la prueba de acceso. Estas personas deberán aportar la documentación acreditativa de la exención total de la prueba.
    5. Obtuvieron la titulación necesaria para el acceso directo con anterioridad al año académico 2016-2017
    6. Presentan un título de Técnico Superior para el acceso a Grado Superior.
    7. Acceden a los cursos de especialización. En este caso, presentaran el requisito junto a la solicitud.
    8. Acceden con ESTUDIOS EXTRANJEROS HOMOLOGADOS: Deberán entregar la homologación de estudios extranjeros o volante de inscripción condicional SELLADO POR LA UNIDAD DE REGISTRO. 
  2. Debes fijarte que no aparezca la palabra BORRADOR en tu solicitud ya que no será válida. La solicitud debe estar confirmada.
  3. El turno ordinario puede ser tanto de mañana como de tarde. Consulta en los centros docentes el turno en que se imparte el ciclo antes de solicitarlo.
  4. Los Grados Básicos en nuestro centro se imparten en turno de mañana.
  5. Para hacer la solicitud telemática, deberás generar una CLAVE DE ADMISIÓN. Si eres menor de edad NO PUEDES HACERLO TÚ, la tendrá que generar tu padre, madre o tutor/a legal.
  6. En el caso de personas extranjeras que solo dispongan de PASAPORTE, deben acudir de manera personal al centro y previa identificación se le generará una clave de admisión.
  7. Ten en cuenta que el criterio de admisión no es únicamente la nota media, sino que existen unos cupos para cada tipo de estudios y unos criterios de prioridad.
  8. Recuerda que una vez apareces admitido en las listas definitivas, tienes que formalizar la matrícula. En caso de no formalizar la matrícula dentro de plazo se considerará que renuncias a la plaza escolar.
4.1.- GRADO BÁSICO (SEGUNDA OPORTUNIDAD)

REQUISITOS: (Ley 18/2014 (Estatal) y Resolución 31/03/2017 (Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte):

– Jóvenes de 17 a 29 años que no han completado los estudios obligatorios y se encuentran actualmente desescolarizados/as y sin empleo.

– Estar inscritos/as en el registro del Sistema de Garantía Juvenil. Para ello es obligatorio:

  • No haber trabajado en el día anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones educativas ni formativas en el día anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Tener la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la UE o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. En caso de nacionales de otros países deberán ser titulares de una autorización de residencia en vigor que habilite para trabajar.
  • Estar empadronados/as en cualquier localidad del territorio nacional.
  • Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema de Garantía Juvenil adquiriendo un compromiso de participación activa. En el caso de los demandantes de empleo bastará con su inscripción en los servicios públicos de empleo.

1. Se ha de cumplir con alguno de estos requisitos:

a) Estar en posesión del título de:

– Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria.

– Técnico/a de Grado Básico de Formación Profesional.

b) Haber superado:

– Una prueba de acceso a ciclos de grado medio o superior, y tener cumplidos 17 años en el año de superación de la prueba, ya sea por realización de la misma o por exención total. IMPORTANTE: De acuerdo con la normativa, es motivo de exención total de la prueba de acceso de grado medio el hecho de contar con acreditación de competencias profesionales que supongan al menos un 30% de los estándares de competencias incluidos en el ciclo formativo, mediante procedimiento previsto de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías (ver programa acredita)

– Una prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años

– Un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado medio en centros expresamente autorizados por la Administración educativa y tener cumplidos 17 años en el curso académico de inicio de los estudios de grado medio.

– Una oferta formativa, o estar en posesión de certificados profesionales, de grado C de nivel 2 incluida en el ciclo formativo, y tener cumplidos 17 años en el año de inicio de los estudios de grado medio.

2. Se considerará equivalente para dicho acceso el cumplimiento de alguno de los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de:

– Técnico/a auxiliar.

– Técnico/a.

– Bachiller superior expedido con arreglo a planes educativos anteriores a la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

b) Haber superado:

– El segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.

– El tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.

c) Tener:

– Alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los ciclos de grado superior.

– Bachillerato Unificado y Polivalente, con un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos.

– Otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores

1. Se ha de cumplir con alguno de estos requisitos:

a) Estar en posesión del título de:

– Técnico/a de grado medio de Formación Profesional

– Técnico/a de grado superior de Formación Profesional

– Bachiller.

– Grado universitario

– Técnico/a de Artes Plásticas y Diseño.

b) Haber superado

– Una prueba de acceso a ciclos de grado superior y tener 19 años cumplidos en el año de superación de la prueba, ya sea por realización de la misma o por exención total. IMPORTANTE: De acuerdo con la normativa, es motivo de exención total de la prueba de acceso de grado superior el hecho de contar con acreditación de competencias profesionales que supongan al menos un 30% de los estándares de competencias incluidos en el ciclo formativo, mediante el procedimiento previsto de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías (ver programa acredita)

– Una prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años

– Un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado superior en centros expresamente autorizados por la Administración educativa y tener 19 años cumplidos en el año de inicio de los estudios de grado superior.

– Una oferta formativa, o estar en posesión de certificados profesionales, de grado C de nivel 3 incluida en el ciclo formativo, y tener 19 años cumplidos en el año de inicio de los estudios de grado superior.

2. Se considerará equivalente para el acceso el cumplimiento de alguno de los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de:

– Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.

– Bachiller Unificado Polivalente, o haber completado todas las asignaturas conducentes a la obtención del título.

– Técnico especialista, técnico superior o equivalente a efectos académicos.

– Titulación universitaria o equivalente.

b) Haber superado:

– El segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.

– El Curso de Orientación Universitaria o preuniversitario.

Se ha de cumplir con alguno de estos requisitos:

1. Estar en posesión de uno de los títulos de técnico o técnico superior especificados en la normativa básica que establezca el curso de especialización correspondiente y los aspectos básicos de su currículo.

2. Se considerará equivalente para dicho acceso la posesión de alguna de estas titulaciones:

a) Técnico o equivalente a efectos académicos, referenciados en la especialización correspondiente.

b) Técnico especialista, técnico superior o equivalente a efectos académicos, referenciados en la especialización correspondiente.

3. En las convocatorias anuales del proceso de admisión, se podrá contemplar el acceso de personas que no cuenten con la titulación requerida, conforme a lo dispuesto en el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de Formación Profesional.

En concreto, para el acceso al CURSO DE ESPECIALIZACIÓN DE FABRICACIÓN ADITIVA, los títulos requeridos (o equivalentes) son los siguientes:

a) Técnico Superior en Audiología Protésica

b) Técnico Superior en Programación de la Producción en Fabricación Mecánica

c) Técnico Superior en Construcciones Metálicas

d) Técnico Superior en Patronaje y Moda

e) Técnico Superior en Automoción

f) Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica

g) Técnico Superior en Dirección de Cocina

h) Técnico Superior en Diseño y Producción de Calzado y Complementos

i) Técnico Superior en Proyectos de Edificación

j) Técnico Superior en Energías Renovables

k) Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil

l) Técnico Superior en Programación de la Prod. en Moldeo de Metales y Polímeros

m) Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento

n) Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel

o) Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial

p) Técnico Superior en Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos

q) Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos

r) Técnico Superior en Caracterización y Maquillaje Profesional

s) Técnico Superior en Ortoprótesis y Productos de Apoyo

t) Técnico superior en Mecatrónica Industrial

EN QUÉ CASOS SE DEBE PRESENTAR EL REQUISITO DE ACCESO

Ten en cuenta que sí deberán aportar el requisito de acceso en el centro elegido en primera opción quienes estén en los siguientes casos:

    1. Han olvidado indicar el NIA al cumplimentar su solicitud
    2. Obtuvieron el título fuera de la Comunitat Valenciana o en un centro de Formación de Personas Adultas (FPA)
    3. Acceden por el cupo de prueba de acceso (excepto los que se hayan presentado a las pruebas en nuestro centro en el curso actual)
    4. Tienen exención total de la realización de la prueba de acceso. Estas personas deberán aportar la documentación acreditativa de la exención total de la prueba.
    5. Obtuvieron la titulación necesaria para el acceso directo con anterioridad al año académico 2016-2017
    6. Presentan un título de Técnico Superior para el acceso a Grado Superior.
    7. Acceden a los cursos de especialización. En este caso, presentaran el requisito junto a la solicitud.
    8. Acceden con ESTUDIOS EXTRANJEROS HOMOLOGADOS: Deberán entregar la homologación de estudios extranjeros o volante de inscripción condicional SELLADO POR LA UNIDAD DE REGISTRO. 

CÓMO SE PRESENTA EL REQUISITO DE ACCESO

  1. De manera presencial en la secretaría del centro. Se aportará el certificado original y fotocopia para su cotejo. Horario: Consulta el horario de secretaría aquí: https://www.fpvalencia.com/secretaria/
  2. Por correo postal enviando, o bien un certificado original, o bien una fotocopia del certificado compulsado por una notaría. Se incluirá una copia de la solicitud de admisión. CIPFP VICENTE BLASCO IBAÑEZ Avda. Reino de Valencia, 46 46005 Att. Secretaría
  3. A través del formulario siempre que se disponga de un certificado con firma digital o código seguro de verificación CSV.

FORMULARIO 👇

6.1.- GRADO BÁSICO (SEGUNDA OPORTUNIDAD)

Listas provisionales de admisión

Pendiente de publicación

Listas provisionales de admisión

Pendiente de publicación

Listas provisionales de admisión

Pendiente de publicación

Listas provisionales de admisión

Pendiente de publicación

Las reclamaciones contra los listados provisionales de adjudicación se tramitarán de la siguiente manera:

a) Grado medio, grado superior y cursos de especialización: mediante el asistente de admisión. Serán resueltas por el centro solicitado en primera opción.

b) Grado básico segunda oportunidad: presencialmente ante la dirección del centro público de primera opción

8.1.- GRADO BÁSICO (SEGUNDA OPORTUNIDAD)

Listas definitivas de admisión

Pendiente de publicación

Listas definitivas de admisión

Pendiente de publicación

Listas definitivas de admisión

Pendiente de publicación

Listas definitivas de admisión

Pendiente de publicación

Las reclamaciones contra los listados definitivos de adjudicación se tramitarán de la siguiente manera:

a) Grado medio, grado superior y cursos de especialización: mediante el asistente de admisión. Serán resueltas por la Comisión Sectorial de Escolarización de la dirección territorial correspondiente.

b) Grado básico de segunda oportunidad: se dirigirán a la Comisión Sectorial de Escolarización de la dirección territorial de la provincia a través de https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=95565, seleccionando «Conselleria de Educación» como organismo, «Educación» como materia, y ámbito territorial la provincia en la que esté ubicado el centro de primera opción. O bien en cualquier otra oficina o punto de registro de entre los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la resolución de la Comisión Sectorial de Escolarización, se podrá interponer un recurso de alzada ante la dirección territorial correspondiente en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo adoptado por la Comisión Sectorial de Escolarización o al del vencimiento del plazo establecido para su adopción. La resolución de la dirección territorial pondrá fin a la vía administrativa y el silencio administrativo tendrá carácter desestimatorio.

Si has obtenido plaza durante el proceso de admisión, recuerda que debes formalizar tu matrícula en nuestra web https://www.fpvalencia.com/secretaria/matricula/

La información sobre los actos públicos de adjudicación de vacantes está pendiente de publicación

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